3° SECUNDARIA
HIDROGRAFÍA
La Antártida
Es el continente más austral de la Tierra. Está situada completamente en el hemisferio sur, casi enteramente al sur del círculo polar antártico y está rodeada por el océano Antártico. Contiene el polo sur geográfico. Es el cuarto continente más grande después de Asia, América y África.
La Antártida no tiene población autóctona; las dos terceras partes de agua dulce del mundo se encuentran allí. En el interior del continente llueve menos que en el desierto del Sahara. Y es el lugar más frío de la Tierra.

LÍMITE Y FRONTERA
Los límites y fronteras son elementos fundamentales a considerar en el proceso de conformación del territorio estatal-nacional. Se trata de conceptos fuertemente interrelacionados, pero que deben tratarse como entidades diferentes.
El LÍMITE constituye una línea que define áreas sobre las que cada Estado ejerce soberanía, la frontera es una zona de intercambios culturales y comerciales dando origen a un espacio fronterizo que se extiende a ambos lados de un límite internacional.
El proceso de delimitación del territorio argentino se inició en la segunda mitad del siglo XIX, en coincidencia con el período de organización del Estado nacional. Fue un proceso largo y complejo, tendiente a establecer y mantener el límite interestatal en toda su extensión, tanto en los documentos como en el terreno.
Los límites generalmente, se definieron mucho antes de que se desarrollaran las fronteras. La presencia del Estado nacional se justificaba por la necesidad de ejercer presencia y control sobre estas áreas, y durante mucho tiempo se hizo hincapié en el carácter de líneas divisorias de los límites. El proceso de conformación de las fronteras se aceleró en las primeras décadas del siglo XX. A partir de entonces, el Estado argentino tendió a establecer los pasos y puestos de control, lo más cerca posible de los límites interestatales. La acción estatal, de este modo, favoreció la concentración de los flujos de personas y bienes en torno a ciertas localizaciones puntuales, devenidas lugares de frontera que, a su vez, se transformaron, muchas veces, en urbanizaciones fronterizas.
Una aclaración sumamente importante: en el video se hace una diferencia entre límites naturales y artificiales. Lo correcto es señalar, que todos los límites internacionales responden a decisiones humanas, por lo tanto, NO EXISTEN LÍMITES NATURALES, SON TODOS ARTIFICIALES, aunque utilicen algún elemento físico (natural) para apoyarse.
Límites internacionales
El territorio de la República Argentina tiene límites internacionales establecidos con precisión, que han sido acordados con sus países vecinos y son reconocidos por el resto de los Estados. Los límites internacionales definen el ámbito geográfico sobre los que el Estado argentino ejerce soberanía. Estos límites son:
- al norte: con el Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Paraguay.
- al sur: con la República de Chile y el Océano Atlántico.
- al este: con la República Federativa del Brasil, la República Oriental del Uruguay y el Océano Atlántico.
- al oeste: con la República de Chile.

La extensión de los límites con estos países es superior a los 9.000 km. La prolongación vertical de las líneas divisorias define un subsuelo y un espacio aéreo sobre los cuales el Estado también ejerce soberanía.
En cuanto al espacio marítimo, nuestro país limita al norte con el espacio marítimo de la República Oriental del Uruguay, al sur con el de la República de Chile, y se extiende hacia alta mar y sobre el lecho y subsuelo marinos de acuerdo con una delimitación específica, establecida por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar).
La definición de los límites se realizó, en gran medida, sobre la base de las delimitaciones administrativas establecidas en el período colonial, vigentes hasta 1810, apelando al principio del DERECHO de HERENCIA. Este principio, que garantiza a cada Estado los territorios que poseía según los derechos heredados de la Corona Española, constituyendo así una base argumental para legitimar las pretensiones de los nuevos estados latinoamericanos sobre espacios que todavía no dominaban.
Los límites continentales
En la parte continental americana de la República Argentina, se privilegiaron las formas hidrográficas y orográficas a la hora de definir criterios para el trazado de límites internacionales. Por eso, gran parte de los límites se estableció a lo largo de ríos y cordones montañosos.
En el caso de los límites orográficos, generalmente se establece como criterio la división por medio de las más altas cumbres, o por las cumbres más altas divisorias de aguas. Entre ellos, puede mencionarse el límite con Chile, que se trazó en su mayor parte sobre la cordillera de los Andes.
En el caso de los límites que siguen el recorrido de los ríos, generalmente se establece como criterio dividir el cauce tomando la línea de navegación o vaguada, que une los puntos de mayor profundidad. También suele utilizarse el criterio del punto medio, es decir, igual distancia a cada una de las márgenes. Este es el caso del límite con Uruguay, que se estableció mediante la aplicación de ambos criterios sobre el río del mismo nombre, y con una línea equidistante a ambas orillas sobre el Río de la Plata.
En otros sectores del territorio, el trazado de los límites toma como referencia los paralelos y los meridianos. Por ejemplo, el paralelo 22° S, en un tramo del límite entre Argentina y Bolivia, o el meridiano 68° 36' O, en el segmento correspondiente a la provincia de Tierra del Fuego del límite entre Argentina y Chile.
Fronteras internacionales
La República Argentina comparte una gran extensión de áreas de frontera con los países vecinos. Se desarrollaron en las zonas que se extienden desde el límite hacia el interior, a partir de acciones concretas realizadas por el Estado. Este, controla los movimientos de entrada y salida de las personas, como así también, los recursos que pueden atravesar por la frontera.
El proceso de formación de las fronteras nacionales de Argentina, se inició avanzado el siglo XX. Estas franjas son paralelas y adyacentes al límite internacional, y a lo largo de las mismas los países han convenido en habilitar puntos para el cruce de objetos y personas, que se denominan con el nombre genérico de pasos fronterizos y sirven para efectivizar el control sobre estos movimientos. En este sentido, se institucionalizaron las áreas de frontera para asegurar el control de recursos considerados estratégicos (Benedetti, 2014).
Los componentes del complejo fronterizo
A lo largo de los 9.376 km de extensión del perímetro continental americano de la Argentina, existen más de 100 pasos internacionales o fronterizos que nos comunican con los países vecinos. Por estos pasos, estrechamente vinculados con las ciudades fronterizas, circulan permanentemente personas y mercancías.

El control de los cruces presupone la presencia de las dependencias de la administración pública en puestos fijos, construidos en los pasos o en sus inmediaciones, donde cumplen sus funciones los organismos la Dirección Nacional de Migraciones y la Dirección General de Aduanas dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En los últimos años aumentaron las acciones de los gobiernos tendientes a mejorar los intercambios a través de las áreas de frontera. Esto se debe, en gran medida, al crecimiento del comercio por los acuerdos del Mercosur, integrado por Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y, recientemente, por Bolivia y Venezuela, que ha dado gran impulso al movimiento de personas y bienes a través de las fronteras.
Fuente: https://ide.ign.gob.ar/
CUESTIONES EN EL TRAZADO DE LOS LÍMITES
El trazado exacto de los límites requirió muchos años de acuerdos y conflictos con los países vecinos e incluso aún quedan en la actualidad algunas cuestiones por resolver.
REPÚBLICA ARGENTINA

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

El límite internacional entre ambas naciones son los ríos de la Plata y Uruguay.
CUESTIÓN EN EL RÍO URUGUAY
Tratado el 7 de abril de 1961. Desde la punta Sudoeste de la isla Brasilera (localizada frente a la desembocadura del río Cuareim) hasta el paralelo de Punta Gorda, estará fijado en la siguiente forma:
la línea que pasa por las proximidades de la punta Sudoeste de la isla Brasilera hasta la zona del Ayuí (perfil donde se construirá la presa de Salto Grande) el límite seguirá la línea MEDIA del cauce actual del río. Esta línea hará las inflexiones necesarias para dejar bajo jurisdicción argentina las siguientes islas e islotes: islote Correntino, isla Correntina, isla Itacumbú, islotes Itacumbú (2), islas Timboy (2) e islote del Infiernillo;
jurisdicción uruguaya las siguientes islas e islotes: isla del Padre, isla Zapallo, isla Rica, isla Carbonera, isla Misionera, isla Guaviyú, isla Sin Nombre (del Tigre, proximidades del Arroyo Tigre), isla del Paredón, isla de las Vacas, isla Gaspar, isla Yacuy, isla Belén, isla del Ceibal, isla Herrera, isla Verdún e islote adyacente, isla Francia, isla Redonda e islotes adyacentes, islotes del Naufragio (8), isla Salto Grande, isla de los Lobos (2), isla del Medio (una isla y 4 islotes) e isla de Abajo (una isla y 2 islotes). Las inflexiones se suprimirán cuando por efecto de las obras de la presa de Salto Grande queden sumergidas las islas e islotes que motivaron esas inflexiones.


El segundo tramo, desde la represa de Salto Grande hasta el paralelo de Punta Gorda, el límite internacional se apoya en la línea de Vaguada (máximas profundidades).
CUESTIÓN EN EL RÍO DE LA PLATA
Tratado del Río de la Plata y su frente marítimo firmado el 19 de noviembre de 1973.
El Río de la Plata se extiende desde el paralelo de Punta Gorda hasta la línea recta imaginaria que une Punta del Este (República Oriental del Uruguay) con Punta Rasa del Cabo San Antonio (República Argentina), de conformidad a lo dispuesto en el Tratado de Límites del Río Uruguay del 7 de abril de 1961 y en la Declaración Conjunta sobre el Límite Exterior del Río de la Plata del 30 de enero de 1961.

Se acordó que las aguas del río son de uso común, salvo las fajas adyacentes a las riberas que son de uso exclusivo. Las fajas o regiones son las siguientes:
Faja o región 1: las riberas exclusivas tienen 2 millas marinas de ancho. Corresponden con la primera parte del río, desde Punta Gorda hasta Punta Lara (Argentina) y Colonia (Uruguay)
Faja o región 2: las riberas exclusivas tienen 7 millas marinas de ancho. Corresponden con la segunda parte del río, desde Punta Lara (Argentina) y Colonia (Uruguay) hasta Punta Piedras (Argentina) Montevideo (Uruguay).
Faja o región 3: límite exterior o inferior, desde Punta Piedras (Argentina) y Montevideo (Uruguay) hasta Punta Rasa en el cabo San Antonio (Argentina) y Punta del Este (Uruguay).
Quedó establecido un límite lateral marítimo que, a partir del punto medio de la línea Punta Rasa-Punta del Este, es una línea de equidistancia entre las costas uruguaya y argentina, introduciéndose en el Océano Atlántico por una extensión de 200 millas marinas.

Procesos de formación del relieve
El relieve terrestre es el resultado de la acción combinada de las fuerzas internas de la Tierra o endógenas y de las fuerzas externas de la Tierra o exógenas que actúan sobre la litosfera. Son precisamente estas fuerzas las que han contribuido a la gran variedad de relieve que observamos hoy y que existen a nivel planetario.
Los procesos endógenos

El magmatismo abarca los procesos asociados a la manifestación de la energía en el interior de la Tierra, bien sea de la actividad del magma sobre la superficie terrestre o en el interior de ésta. Las regiones del planeta donde existe gran actividad sísmica y volcánica, manifestación típica de los procesos endógenos, se denomina Cinturón de Fuego: formado por el Cinturón Andino Japonés Malayo este bordea el océano Pacífico e incluye la costa occidental suramericana, centroamericana, la costa occidental de Estados Unidos y Canadá, Alaska, Aleutinas, Japón y Filipinas.


El tectonismo es uno de los movimientos que originan la mayor cantidad de dislocaciones y deformaciones existentes en las rocas, los que puede actuar sobre continentes o sobre regiones muy limitadas de la Litosfera.
Los procesos exógenos
Estos, suceden gracias a la acción combinada de agentes atmosféricos tales como: viento, gravedad, temperatura, humedad, rayos y meteoritos; biológicos, es decir, animales, plantas y humanos; e hidrológicos, o sea, el agua fluvial, marina, congelada o de lluvia. Los procesos exógenos tienden a eliminar las desigualdades del relieve, rebajando las partes más elevadas y rellenando las partes deprimidas, es decir modelan el relieve terrestre.
La Meteorización es el proceso de descomposición y desintegración de la roca "in situ" provocada por la acción de agentes tanto físicos como químicos. Los físicos son: los estados y composición del agua, la temperatura y sus variaciones, los cambios de presión, el viento, los animales, las raíces de las plantas y la acción antrópica.
La Erosión es el proceso de corrosión, remoción y transporte de las rocas meteorizadas a través de agentes como el viento, los glaciares, los ríos y las aguas de lluvia.
Formas de relieve producidas por la erosión
La erosión modela la superficie terrestre por lo tanto, da origen a una serie de formas de relieve, tales como: valles, gargantas, cañones, cavernas, mesas y saltos de agua.
- Valles. Son formas hundidas y alargadas del relieve, originadas por la acción erosiva de los ríos y glaciales de montaña. Los valles son áreas generalmente agropecuarias y de significativa concentración de población.
- Las Gargantas. Son valles sumamente estrechos y profundos de laderas casi verticales, escarpadas o de pendientes pronunciadas.
- Los Cañones. Son cavidades o desfiladeros profundos de laderas empinadas construidas por la activa acción erosiva de un río que corre por su fondo, encajándose en el terreno.
- Las Cavernas. Son cuevas subterráneas de grandes dimensiones, localizadas en las zonas de rocas calcáreas. se originan por la acción disolvente y erosiva de las aguas subterráneas.
- Las Mesas. Son relieves de forma tabular (tabla) que han resultado de procesos erosivos en áreas semiáridas.
- Saltos de Agua. Son interrupciones desniveles bruscos del perfil longitudinal de los ríos. Según el volumen de agua, la altura y la estrechez del cauce, los saltos de agua reciben diferentes nombres a saber: Saltos, cataratas o caídas, cascadas, rápidos o raudales.
Climatología Argentina
Elementos y factores climáticos
En primer lugar se debe establecer una diferencia entre el CLIMA y el TIEMPO METEOROLÓGICO. En este sentido, el tiempo meteorológico hace referencia a las condiciones de la atmósfera ( temperaturas, humedad, presión y vientos). Estas condiciones pueden variar durante el día. En cambio, el clima, es el estado regular de los elementos antes mencionados, a lo largo de un periodo de 10 años en una zona determinada. De esta manera el clima es una característica representativa de cada región y es una condición mas estable.
Los elementos principales a partir de los cuales definimos el clima son las PRECIPITACIONES y las TEMPERATURAS y cada uno tendrá factores que lo modifican.
TEMPERATURAS: Es el estado de calor en la atmósfera en un momento dado, es el resultado de la cantidad de energía solar retenida por el aire.
PRECIPITACIONES: Refiere a la cantidad de agua (en cualquier estado) que cae en la superficie terrestre. Se miden en milímetros.
Factores que modifican el clima


Altitud y disposición de los relieves: a medida que ascendemos en altura la temperatura disminuye, de esta manera, aquellos vientos que en su camino se encuentren con una barrera orográfica (cadena montañosa) seran modificados.
Los vientos húmedos, al encontrarse con un terreno muy elevado, ascienden en altura, se condensan y descargan sus precipitaciones de un lado de la montaña y continúan hacia el otro secos.
CIRCULACIÓN DE LOS VIENTOS
En Argentina, la circulación de los vientos depende de donde se encuentren los centros ciclónicos y anticiclónicos. En este sentido, la presencia de dos centros anticiclónicos permanentes localizados sobre los océanos Atlántico y Pacífico caracteriza dos zonas bien diferenciadas.
El primero, es el responsables del litoral húmedo del país que aporta humedad de manera constante y afecta a las provincias del norte y centro de Argentina.
El segundo, el centro del Pacífico, no ingresa de igual manera que los vientos provenientes del Atlántico ya que en su paso,se encuentra con la Cordillera de los Andes y se ve modificado por el factor Altitud y Relieve mencionado anteriormente. Estos, cruzan la cordillera sin humedad y recorren el territorio argentino como vientos secos.

Vientos locales de Argentina
En Argentina circulan tres tipos de vientos locales, es decir, característicos del país.
VIENTO ZONDA- VIENTO SUDESTADA- VIENTO PAMPERO

Modelo Agroexportador
El modelo agroexportador consistente en la producción de productos agrícolas cuya finalidad principal es la exportación. En 1880 en Argentina se consolidó este sistema económico basado tanto en la producción de materias primas agrícolas como en la exportación de las mismas a los países centrales (principalmente europeos).
Argentina ingresa en la División Internacional del Trabajo como país periférico. Este sistema se basaba en la división mundial entre países centrales y países periféricos o productores. Mientras que los segundos se especializaron en la producción y exportación de materias primas y de elementos básicos (especialmente agrícolas), los primeros se dedicaron a la producción de productos manufacturados o más complejos que se vendían a mayor precio que las materias primas y que, por lo tanto, permitieron que las potencias europeas y Estados Unidos se hicieran con gran capital.
A lo largo de su existencia, el modelo agroexportador permitió el crecimiento, aunque no el desarrollo, económico de Argentina, convirtiéndola para la época en: "el granero del mundo".
EL AVANCE del FERROCARRIL
El desarrollo del ferrocarril provocó un cambio radical en la economía argentina de la época. En principio, representó una rebaja sustancial en el precio de los fletes para el traslado de los granos desde el interior hacia los puertos. De este modo, se sumaron a la actividad productiva las tierras más alejadas de los puertos de embarque y de los centros de consumo. Pero el papel del ferrocarril fue mucho más allá ya que, tal como señalaba Juan Bautista Alberdi, se convirtió en un verdadero "agente de cultura". Los "caminos de hierro" ayudaron a la integración efectiva del Estado nacional y tuvieron hondo impacto en la vida de la gente. En torno de cada estación, tanto en Buenos Aires como en el interior del país, se concentraba un tipo específico de comunidad que incluía obreros, empleados, jefes ferroviarios, y se establecía un poblado nuevo, con su escuela, su parroquia, su sala de primeros auxilios, su biblioteca, etc. Pueblos enteros construyeron sus redes de sociabilidad alrededor del ferrocarril y de los trabajadores ferroviarios. La extensión del tendido ferroviario aumentaba año a año. En 1887 ya llegaba a 6700 km.; en 1900 a 16000 km. y en 1914 a 35500 km. La financiación de las inversiones en ferrocarriles se realizó en su mayoría con capital extranjero, pues se necesitaban sumas de dinero muy elevadas para poner en marcha una empresa de tal envergadura. En el momento de la inserción de la Argentina en la economía mundial, no había ninguna posibilidad de disponer de grandes sumas de capital nacional. Los ferrocarriles representaban el 36% del total del capital extranjero invertido en el país.

En el link que se encuentra a continuación observa la siguiente INFOGRAFIA, que explica cómo fue la evolución del ferrocarril hasta nuestros días:
Geomorfología de Argentina
Los sistemas montañosos

El sistema montañoso de Argentina se encuentra ubicado en el borde occidental del país. Se lo denomina macizo Andino y forma parte del sector central y meridional de la Cordillera de los Andes.
Este sistema se extiende desde Venezuela hasta la antártida, donde se lo de nomina Antartandes.
Este sistema montañosos funciona como límite argentino-Chileno y su altura máxima se encuentra en Mendoza, en el cerro Aconcagua.
Para estudiar esta cordillera se la divide en tres: Andes Septentrionales ,Andes centrales y Andes Meridionales. En Argentina solo se ubica la parte central y meridional.
Andes centrales: ocupa el sur de perú y el norte de Argentina hasta el Cerro Tres Cruces en la provincia de Catamarca. Esta zona corresponde a la Puna.
Andes Meridionales: se divide a su vez en dos, por un lado los andes áridos formados por la cordillera frontal y principal. Aqui se ubican las máximas alturas. Por otro lado los Andes Patagónicos fueguinos. Estos estan muy erocionados por los glaciares
Hacia el Este de la cordillera de los Andes se localizan otros sistemas montañosos, como la Precordillera de la Rioja Sanjuan y Mendoza (región de Cuyo). Hacia el norte bordeando la puna se encuentra la cordillera oriental y las sierras subandinas y al sur de estas se localizan las sierras Pampeanas.
Por otro lado, hacia el este del país, encotraremos 3 sistemas serranos: Tandilia, Ventania y Mahuidas. Estos son bajos y estan separados por espacios llanos muy amplios.
Las llanuras ,Mesetas y Planicies

La principal llanura en nuestro país se denomina Llanura Platence, recibe este nombre porque su mayor parte esta integrada por la cuenca del Plata. El sector norte recibe el nombre de llanura chaqueña y en el sur recibe el nombre de llanura pampeana.
Su característica principal es que posee menor altitud en el Este pero a medida que se extiende hacia el oeste va adquiriendo mayor altura, hasta llegar a las Sierras Pampeanas y a las Sierras Subandinas.
Las planicies y mesetas:
Estos relieves ocupan distintas áreas del territorio argentino.
La meseta misionera: se ubica en el extremo nordeste del país, su forma es abovedada, un poco ondulado y con pendiente hacia los ríos Paraná y Uruguay. Una de sus características es que su suelo es de color rojo, esto se debe a los minerales de hierro que contiene.
Las mesetas patagónicas: tiene forma escalonada de Este a Oeste. Se continúa por debajo del mar Argentino en la plataforma continental de la cual emergen las islas malvinas.
Pie de monte cuyano: es la planicie que se extiende desde el Oeste de la llanura pampeana hasta el macizo montañoso. Es atravezado por diferentes ríos.
La puna: Es una planicie que se localiza en el extremo Noroeste, se inserta en la zona de la cordillera de los andes pero esta elevada a gran altura (3.000 a 3.500 mts)
La formación del territorio

Al
estudiar los relieves de nuestro país encontramos diferentes estructuras
geológicas. Para estudiar la formación de los relieves y los procesos
naturales, se establecieron divisiones temporales en la historia del planeta
denominadas eras geológicas, son largos períodos en los que se producen
importantes procesos geológicos y biológicos. Durante las eras fue cambiando el
aspecto físico de la corteza terrestre y evolucionando la vida en el planeta
PRECÁMBRICA: anterior al Cámbrico
PALEOZOICA: edad de vida antigua.
MESOZOICA: edad de vida intermedia.
CENOZOICA:
edad de vida reciente.
LA EVOLUCIÓN del TERRITORIO ARGENTINO
Pueblos Originarios

Los lados de la bandera y los cuadrados interiores mantienen una proporción idéntica, simbolizando Igualdad y Unidad en la diversidad de pueblos andinos.
La bandera se iza, de acuerdo a las costumbres andinas, en celebraciones tales como bautismos andinos, nacimientos, acontecimientos sociales, celebraciones culturales, en la transmisión de mando de las autoridades en los pueblos, fiestas ceremoniales, construcciones, y manifestaciones.
En Argentina se suele nombrar a esta bandera como «bandera de los pueblos originarios» y algunas comunidades (lejos de relacionarse con la cultura aymara-qhishwa) la han adoptado como emblema.
El significado de la Wiphala
La Wiphala, como símbolo andino, es cuadrangular por representar la igualdad y la armonía. Los colores de la bandera (iguales originados a partir de la descomposición del rayo de luz) representan diferentes cosas.
- Rojo: representa a la Madre Tierra y la expansión del hombre andino en el continente.
- Naranja: representa a la sociedad y la cultura. Simboliza la educación, la salud, la medicina y la formación.
- Amarillo: representa la energía y la fuerza, la práctica colectivista de la humanidad y la solidaridad.
- Blanco: representa el desarrollo de la ciencia y la tecnología, el arte y el trabajo intelectual. Es la representación del tiempo para llevar a cabo el progreso intelectual y armónico.
- Verde: representa a la economía y a la producción andina. Simboliza la riqueza natural.
- Azul: representa al espacio cósmico y la infinidad. Es la expresión de los sistemas astrales y sus efectos naturales en la Tierra.
- Violeta: representa a la política y la ideología andina. Simboliza también la filosofía y el poder armónico de los Andes.
¿Cuál es la diferencia entre pueblo y comunidad?

Comunidad: Conjunto de familias o grupos convivientes que se auto identifican pertenecientes a un pueblo indígena, que presentan una organización social propia, comparten un pasado cultural, histórico y territorial común.
Pueblo: Conjunto de familias y Comunidades indígenas identificadas con una historia común anterior al nacimiento de la Nación Argentina. Posee una cultura y organización social propia. Se vinculan con una lengua y una identidad distintiva. Habiendo compartido un territorio común, conservan actualmente parte del mismo a través de sus comunidades.
Mapa de los pueblos originarios
RESULTADOS DEL CENSO DEL 2010 RELATIVO A LA POBLACIÓN ORIGINARIA
El ser humano tiene una antigüedad sobre la tierra que, según la arqueología, rondaría los 100.000 años. Ha vivido la mayor parte de ese tiempo en grupos, como cazador-recolector, y no ha sido sino hasta la invención de la agricultura cuando esos grupos comenzaron a establecerse y ocupar territorios de manera permanente.
Con la conformación de los Estado-Nación modernos, las tierras de los pueblos indígenas pasaron a formar parte del territorio nacional de los países recientemente constituidos.
De esta manera, los pueblos indígenas se hicieron acreedores de las nacionalidades de dichos países.
La delimitación de las fronteras dio como resultado que, si bien en algunos casos, pueblos enteros quedaron bajo la jurisdicción de un solo país, en otros sucedió que un mismo pueblo quedó formando parte de dos o más países; es el caso de los pueblos mapuche, guaraní y coya, por mencionar sólo algunos.
¿Qué sucede en Argentina?
Particularmente, viven hoy en nuestro país diferentes pueblos indígenas, que se encuentran distribuidos a lo largo y a lo ancho de todo el territorio nacional.
Históricamente, han vivido en espacios rurales; sin embargo, desde hace ya varias décadas, muchas familias han tenido que migrar a las ciudades, por motivos económicos, laborales, escolares o a causa del avance del despojo territorial, sin por ello dejar de pertenecer a sus pueblos o comunidades, con los cuales mantienen un vínculo constante y permanentemente se encuentran volviendo al territorio.
Relación con la naturaleza y el territorio
Los pueblos indígenas mantienen con la naturaleza una relación de equilibrio, de armonía, que se enmarca en la cosmovisión del 'Buen vivir' o 'Vivir bien' presente; aunque, quizá, con diferente denominación, en cada uno de los pueblos de nuestro país.
La ocupación y el uso del territorio se dan a partir de la idea del tiempo presente en los pueblos indígenas, el cual no se mide a partir del año calendario, sino que se entiende a través de la idea de ciclos. Son los ciclos de la naturaleza los que estructuran las diferentes actividades que las comunidades indígenas llevan a cabo en sus tierras.
Ciclos
Y ¿qué significa esta idea de los 'ciclos'? Pues bien, el territorio indígena se encuentra conformado por tierras que se utilizan en mayor o menor medida en relación con las diferentes estaciones del año.
Estas tierras se encuentran, a su vez, conformadas por diferentes espacios de acuerdo a las actividades que se realicen en ellas. Así, dentro del territorio comunitario se encuentran espacios productivos, espacios sagrados, espacios ceremoniales, espacio de viviendas, entre otros.
El uso diferencial de estos espacios responde a las diferentes épocas del año y a sus diferentes periodos, ya sea otoño, invierno, primavera o verano. O, particularmente, a los usos simbólicos que se desarrollan en cada uno de estos espacios, en los diferentes momentos del ciclo de la naturaleza.
Fuente: https://www.argentina.gob.ar/derechoshumanos/
Derechos
Existe en Argentina una significativa distancia entre los derechos vigentes en leyes provinciales, nacionales y tratados internacionales de derechos humanos y su efectiva aplicación.
Derecho Internacional de los Derechos HumanosNaciones Unidas
La Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada por la Asamblea General el 13 de septiembre de 2007. La Declaración reconoce los derechos básicos de los pueblos indígenas en una serie de áreas de especial interés para estos pueblos, en el marco del principio general del derecho a la libre determinación, incluyendo el derecho a la igualdad y a la no-discriminación; el derecho a la integridad cultural; el derecho a la tierra, el territorio y los recursos naturales; el derecho al autogobierno y a la autonomía; el derecho al consentimiento previo, libre e informado, y otros.
El Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, No. 169, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo el 27 de junio de 1989. El Convenio es, hasta la fecha, el tratado internacional más avanzado específicamente dedicado a la promoción de los derechos de los pueblos indígenas. El Convenio incorpora una serie de disposiciones relativas, entre otros, a la administración de justicia y el derecho consuetudinario indígena; el derecho a la consulta y a la participación; el derecho a la tierra, territorio y recursos naturales; derechos sociales y laborales; educación bilingüe, y cooperación transfronteriza.
El Convenio sobre Poblaciones Indígenas, Tribales y Semi-Tribales en Países Independientes, No. 107, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo el 26 de junio de 1957. Reemplazado por el Convenio No. 169, todavía permanece vigente en relación con los Estados que, habiéndolo ratificado, no han ratificado el instrumento posterior. Aunque algunas de sus disposiciones se encuentran fuera ahora superadas y tienen un carácter asimilacionista, otras todavía permanecen válidas.
Otros instrumentos relevantesEl Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y PolíticosPolíticos, adoptado por la Asamblea General el de diciembre de 1966. El Comité de Derechos Humanos, responsable de la supervisión del cumplimiento del Pacto, ha aplicado varias de sus disposiciones en el contexto específico de los pueblos indígenas, incluyendo el derecho a la libre determinación (artículo 1), y los derechos de las minorías nacionales, étnicas y lingüísticas. (Artículo 27).
El Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Culturales, adoptado por Asamblea General el 16 de diciembre de 1966. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, responsable de supervisor la implementación del Pacto, ha aplicado también algunas de sus disposiciones en el contexto específico de los pueblos indígenas, incluyendo el derecho a la vivienda; el derecho a la alimentación; el derecho a la educación; el derecho a la salud; el derecho al agua, y los derechos de
La Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, Racial, adoptada por Asamblea General el 21 de diciembre de 1965. El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD), responsable de la supervisión de la Convención, ha prestado una especial atención a la situación de los pueblos indígenas a través de sus distintos procedimientos. VéaseObservación General Nº 23 (Pueblos indígenas).
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 1979. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) ha prestado una especial atención a la situación de las mujeres indígenas como grupos particularmente vulnerables y desaventajados. Véase, e.g., Recomendación General Nº 24 (La mujer y la salud). En la resolución que establece su mandato, el Consejo de Derechos Humanos ha solicitado al Relator Especial que preste una especial atención a la situación de las mujeres indígenas, así como a tomar en cuenta una perspectiva de género en el desempeño de su mandato.
La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1989. El artículo 30 de la Convención se refiere explícitamente a la situación de los niños indígenas. Sobre la base de esta disposición, el Comité sobre los Derechos del Niño ha prestado una especial atención a la situación de la infancia indígena (véanse las recomendaciones del Comité). En la resolución que establece su mandato, el Consejo de Derechos Humanos ha solicitado al Relator Especial que preste una especial atención a la situación de los niños y las niñas indígenas.
La Convención sobre la Diversidad Biológica, adoptada en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992. El artículo 8(j) de la Convención reconoce el derecho a las "comunidades indígenas y locales" sobre "los conocimientos, las innovaciones y las prácticas...que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica", así como a participar en su aplicación más amplia y en los beneficios derivados de los mismos. La Conferencia de las Partes de la Convención ha adoptado una serie de decisiones pertinentes sobre estos asuntos, y ha desarrollo unas Directrices Voluntarias para realizar evaluaciones de las repercusiones culturales, ambientales y sociales sobre las comunidades indígenas. Véanse las Directrices Akwé: Kon).
el Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en América Latina y el Caribe, aprobado por ley 24.544.
- Organización de Estados Americanos (OEA)
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José, Costa Rica) (B-32), adoptada en San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969, es instrumento principal del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador) (A-52) adoptada en ..... que reúne los derechos económicos, sociales y culturales en relación asimismo con el artículo 26 de la Convención americana de Derechos Humanos.
La Convención Interamericana Contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia (A-68), adoptada en Antigua, Guatemala, el 5 de junio de 2013. Antigua y Barbuda, Argentina, Brasil, Costa Rica, Ecuador y Uruguay se convirtieron en los primeros firmantes de la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia.
La Convención Interamericana Contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia (A-69), adoptada en La Antigua, Guatemala el 5 de junio de 2013. Argentina, Brasil, Ecuador y Uruguay se convirtieron en los primeros firmantes de la Convención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia.
- Legislación Interna
- Constitución Nacional
La Constitución de la Nación Argentina, incorporó entre las atribuciones del Congreso: "Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones".
El artículo 75 inciso 22 de la Constitución de la Nación Argentina, que introdujo instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos y les otorgó jerarquía constitucional, mediante lo cual conformó el llamado "bloque de constitucionalidad federal".
- Constituciones provinciales
Provincia de Buenos Aires (reforma constitucional 1994)- Art. 36 inc. 9: "De los indígenas. La Provincia reivindica la existencia de los pueblos indígenas en su territorio, garantizando el respeto a sus identidades étnicas, el desarrollo de sus culturas, y la posesión familiar y comunitaria de las tierras que legítimamente ocupan".
Provincia de Chaco -Art. 37: "La provincia reconoce la preexistencia de los pueblos indígenas, su identidad étnica y cultural, la personería jurídica de sus comunidades y organizaciones; promueve su protagonismo a través de sus propias instituciones; la propiedad comunitaria inmediata de la tierra que tradicionalmente ocupan y las otorgadas en reserva. Dispondrá la entrega de otras aptas y suficientes para su desarrollo humano, que serán adjudicadas como reparación histórica, en forma gratuita, exentas de todo gravamen. Serán inembargables, imprescriptibles, indivisibles e intransferibles a terceros. El Estado les asegurará: 1. La educación bilingüe e intercultural. 2.La participación en la protección, preservación, recuperación de los recursos naturales y de los demás intereses que los afecten y en el desarrollo sustentable.3. Su elevación socio-económica con planes adecuados.4. La creación de un registro especial de comunidades y organizaciones indígenas".
Provincia de Chubut -Art. 34: " La Provincia reivindica la existencia de los pueblos indígenas en su territorio, garantizando el respeto a su identidad. Promueve medidas adecuadas para preservar y facilitar el desarrollo y la práctica de sus lenguas, asegurando el derecho a una educación bilingüe e intercultural. Se reconoce a las comunidades indígenas existentes en la Provincia: 1. Laposesión y propiedad comunitaria sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. El Estado puede regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Ninguna de ellas es enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes y embargos.2. La propiedad intelectual y el producido económico sobre los conocimientos teóricos y prácticos provenientes de sus tradiciones cuando sean utilizados con fines de lucro.3. Su personería jurídica.4. Conforme a la Ley su participación en la gestión referida a los recursos naturales que se encuentren dentro de las tierras que ocupan y a los demás intereses que los afectan".
Art. 95 - Tierras Fiscales "El Estado brega por la racional administración de las tierras fiscales tendiendo a promover la producción, la mejor ocupación del territorio provincial y la generación de genuinas fuentes de trabajo. Establece los mecanismos de distribución y adjudicación de las tierras fiscales en propiedad reconociendo a los indígenas la posesión y propiedad de las tierras que legítima y tradicionalmente ocupan".
Provincia de Formosa- Art. 79: " La Provincia reconoce al aborigen su identidad étnica y cultural, siempre que con ello no se violen otros derechos reconocidos por esta Constitución; y asegura el respeto y desarrollo social, cultural y económico de sus pueblos, así como su efectivo protagonismo en la toma de decisiones que se vinculen con su realidad en la vid provincial y nacional. Asegura la propiedad de tierras aptas y suficientes; las de carácter comunitario no podrán ser enajenadas ni embargadas. La utilización racional de los bosques existentes en las comunidades aborígenes requerirá el consentimiento de estos para su explotación por terceros y podrán ser aprovechados según sus usos y costumbres, conforme con las leyes vigentes".
Provincia de Jujuy -Art. 50: " La Provincia deberá proteger a los aborígenes por medio de una legislación adecuada que conduzca a su integración y progreso económico y social".
Provincia de La Pampa - Art. 6 2° parr.: " La Provincia reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas".
Provincia de Neuquén - Art. 23 inc. D: "Serán mantenidas y aún ampliadas las reservas y concesiones indígenas. Se prestará ayuda técnica y económica a estas agrupaciones, propendiendo a su capacitación y la utilización racional de las tierras concedidas, mejorando las condiciones de vida de sus habitantes y tendiendo a la eliminación progresiva de esta segregación de hecho".
Provincia de Río Negro - Art. 42: "El Estado reconoce al indígena rionegrino como signo testimonial y de continuidad de la cultura aborigen preexistente, contributiva de la identidad e idiosincrasia provincial. Establece las normas que afianzan su efectiva incorporación a la vida regional y nacional, y le garantiza el ejercicio de la igualdad en los derechos y deberes. Asegura el disfrute, desarrollo y transmisión de su cultura, promueve la propiedad inmediata de las tierras que posee, los beneficios de la solidaridad social y económica para el desarrollo individual de su comunidad, y respeta el derecho que les asiste a organizarse".
Provincia de Salta - Art. 15: Pueblos Indígenas: I. La Provincia reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas que residen en el territorio de Salta. Reconoce la personalidad de sus propias comunidades y sus organizaciones a efectos de obtener la personería jurídica y la legitimación para actuar en las instancias administrativas y judiciales de acuerdo con lo que establezca la ley. Créase al efecto un registro especial. Reconoce y garantiza el respeto a su identidad, el derecho a una educación bilingüe e intercultural, la posesión y propiedad de las tierras fiscales que tradicionalmente ocupan, y regula la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes ni embargos. Asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y demás intereses que los afecten de acuerdo a la ley. II. El Gobierno Provincial genera mecanismos que permitan, tanto a los pobladores indígenas como no indígenas, con su efectiva participación, consensuar soluciones en lo relativo con la tierra fiscal, respetando los derechos de terceros.
Provincia de Tucumán - Art. 149.- La Provincia reconoce la preexistencia étnico-cultural, la identidad, la espiritualidad y las instituciones de los Pueblos Indígenas que habitan en el territorio provincial. Garantiza la educación bilingüe e intercultural y el desarrollo político cultural y social de sus comunidades indígenas, teniendo en cuenta la especial importancia que para estos Pueblos reviste la relación con su Pachamama. Reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regulará la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Se dictarán leyes que garanticen el pleno goce y ejercicio de los derechos consagrados en este artículo.
- Leyes nacionales
Ley 23.302 sobre protección de comunidades indígenas que creó el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), modificada por Ley 25799
Ley 25.607 de Difusión de los derechos indígenas
Ley 26.160, que declara la emergencia en materia de posesión y propiedad comunitaria indígena, u ordena un relevamiento territorial. Fue prorrogada por ley 26.554 y nuevamente por la ley 26.894.
Fuente: Información extraída de la página oficial de Naciones Unidas.
- Constitución Nacional